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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Jueves, 09 de marzo de 2017 | Fuente: Archivo CIJ

    La Cámara Federal de Casación estableció las funciones que deberán cumplir los secretarios en unidades penitenciarias

    Se trata de funcionarios que tendrán a su cargo la supervisión del cumplimiento de la ejecución de la pena. Además designó secretarios en algunos establecimientos y se está a la espera por certificaciones para los preseleccionados en diferentes provincias

    La Cámara Federal de Casación Penal, de conformidad con lo decidido en el Acuerdo de Superintendencia celebrado el 7 de marzo del año en curso, por Resolución Nro. 99/17, estableció las funciones que deberán desempeñar los secretarios que tendrán a su cargo la supervisión del cumplimiento de la ejecución de la pena, de conformidad con lo establecido por la ley 24.050, en el artículo 77, tercer párrafo, de la ley 24.121 y lo resuelto en la Acordada 26/2016 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Posteriormente, designó por Resolución Nro. 100/17 a los secretarios que se desempeñarán en los siguientes establecimientos penitenciarios: Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad de Buenos Aires (Devoto), Centro Penitenciario de Enfermedades Infecciosas (Unidad 21), Casa de Pre Egreso (Unidad 18): Juan Ignacio Milano Lingua; Complejo Penitenciario Federal IV de Mujeres, Centro Federal de Detención de Mujeres (Unidad 31), Colonia Penal de Ezeiza (Unidad 19), Instituto Abierto de Pre Egreso (Unidad 33): Marion Lea Vecino y Yamila Lorena Massad;  Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, Complejo Penitenciario Federal de Jóvenes Adultos: Francisco José Llan de Rosos; y Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza: Víctor Ismael Brescia y Luis López Lo Curto.

    Dicho acto se pondrá en conocimiento del superior, de todos los tribunales orales en lo criminal federal y en lo penal económico que llevan a cargo la ejecución penal, a los juzgados de ejecución penal de las jurisdicciones de asiento de los establecimientos indicados y a sus respectivos directivos.

    En cuanto a los nombramientos de los secretarios preseleccionados para desempeñarse en los establecimientos penitenciarios del interior, se está a la espera de la certificación de su condición reglamentaria solicitada a las respectivas Cámaras.

     

     

     

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