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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Viernes, 18 de septiembre de 2009 | Fuente: Archivo CIJ

    Fallo convalida una detención sin orden judicial previa

    Lo resolvió la Cámara Federal de San Martín. El tribunal rechazó un planteo de nulidad de una requisa urgente realizada por la Policía bonaerense, durante un allanamiento en una villa de emergencia. Fallo completo

    La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó un fallo que rechazó un planteo de nulidad contra un operativo policial realizado en esa localidad bonaerense, luego de que un detenido cuestionara que su aprehensión fue realizada en violación de sus garantías.

    El hecho ocurrió el 2 de junio último, durante la ejecución de una orden judicial de allanamiento en la Villa de Emergencia 18 realizado por personal de la Policía bonaerense. Allí, los agentes que se encontraban cubriendo los accesos perimetrales del asentamiento observaron a una persona que, al detectar la presencia policial, se dio a la fuga, siendo luego capturado.

    Una vez aprehendido, la Policía le secuestró de sus pertenencias un documento de identidad falso.

    El detenido cuestionó la legitimidad del procedimiento policial, planteo que fue rechazado en primera instancia. La cámara confirmó ese pronunciamiento y aseguró que se trataba de un supuesto previsto en el artículo 294, inciso 5°, del Código Procesal Penal bonaerense, que contempla como atribuciones de la Policía la de disponer requisas urgentes con inmediato aviso al juez competente y al Ministerio Público Fiscal.

    El tribunal destacó que de las condiciones del operativo cuestionado surge “la existencia de los requisitos consignados para realizar el procedimiento y la validez de la forma de instrumentación de lo actuado”.

    En el caso, la cámara justificó la aplicación del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires porque sostuvo que, hasta el hallazgo del documento de identidad presuntamente falsificado (de jurisdicción federal), el operativo policial estuvo bajo la órbita de las normas procesales bonaerenses.

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