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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 04 de octubre de 2016 | Fuente: Archivo CIJ

    Caso Gómez Centurión: el juez Lijo declaró la competencia del fuero Penal Económico

    En el fallo se consigna que se corroboraron circunstancias de la denuncia que diera origen a la causa pero que constituirían los delitos de contrabando y contrabando agravado por intervención de funcionarios públicos, propios del fuero Penal Económico

    El juez Ariel Lijo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4, declaró este martes la competencia del fuero en lo Penal Económico en la causa en la cual, entre otros, fuera denunciado el desplazado titular de la Aduana Juan José Gómez Centurión por maniobras ilícitas, que constituirían los delitos de ingreso a plaza de mercaderías subfacturadas, mercaderías con prohibiciones económicas y no económicas, extorsión, contrabando de estupefacientes y abuso de autoridad, entre otras.

    A continuación, algunas consideraciones de la resolución:

    “El avance de la investigación ha permitido corroborar el carácter aduanero de los hechos denunciados y cualquier imputación que pueda realizarse estará vinculada al comercio exterior y al ingreso ilegal de mercadería al país.”

    “En conclusión, del análisis de los hechos denunciados y la prueba colectada se puede establecer que las maniobras, por sus características y habitualidad, serían las propias de una organización dedicada al contrabando de mercaderías; cuya competencia corresponde al Fuero Penal Económico de esta ciudad.”

    “En lo que respecta a Gómez Centurión y teniendo en cuenta, como ya mencioné, que su supuesta intervención en los hechos denunciados fue uno de los motivos por los cuales se radicó la denuncia en este fuero de excepción, lo cierto es que el resultado de las medidas dispuestas no han permitido un avance sobre su eventual responsabilidad en las maniobras denunciadas.”

    “Por lo tanto, en base a lo expuesto, teniendo en cuenta que las medidas probatorias dispuestas no han logrado vincular a Juan José Gómez Centurión a algún hecho delictivo de competencia federal y que, por el contrario, la acreditación de distintos puntos de la denuncia realizada han permitido encuadrar las maniobras en delitos previstos en el Código Aduanero, es que corresponde que declare la incompetencia en razón de la materia y remita las presentes actuaciones a la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de esta Ciudad a efectos de que sortee el Juzgado que deberá continuar interviniendo.”

     

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