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Lunes, 08 de agosto de 2016 |
Fuente: Archivo CIJ
La Cámara Federal de Casación precisó que el querellante puede ser autor del delito de falso testimonio
La Sala IV, por mayoría, rechazó el recurso del querellante contra una resolución que había dispuesto el archivo de las actuaciones
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani (presidente), Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, dictó sentencia en la causa caratulada “Navarro Castex, Jorge Enrique s/ recurso de casación” (reg. 983, rta. 08/08/2016).
Los jueces Mariano Hernán Borinsky y Juan Carlos Gemignani sostuvieron que no corresponde descartar, como principio general, que el querellante pueda revestir la calidad de sujeto activo del delito previsto y reprimido por el art. 275 del C.P.
Asimismo, los jueces Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos concluyeron que, en el presente caso, el imputado no cometió el verbo típico exigido, para su configuración, por el delito de falso testimonio.


