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    Sábado, 05 de diciembre de 2015 | Fuente: Archivo CIJ

    Seguridad social: Casación Federal resolvió un habeas corpus a favor de mujeres detenidas en la Unidad 31

    Lo resolvió la Sala IV, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani. Se trata de un reclamo por el pago de asignaciones familiares, la Asignación Universal por Embarazo y la Asignación Universal por Hijo

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Gustavo M. Hornos y Juan Carlos Gemignani, resolvió, por mayoría, hacer lugar a un habeas corpus colectivo interpuesto en favor de las mujeres madres que conviven con sus hijos en establecimientos carcelarios del Servicio Penitenciario Federal, embarazadas y trabajadoras.

    Se trata de un reclamo por los beneficios de la seguridad social. Concretamente las accionantes solicitaban el pago de las Asignaciones Familiares, la Asignación Universal por Embarazo (AUE) y la Asignación Universal por Hijo (AUH).

    El voto mayoritario, conformado por los jueces Hornos y Borinsky, dispuso hacer lugar a los recursos de casación interpuestos por la Defensoría Pública Oficia y por la Procuración Penitenciaria de la Nación y ordenar a la ANSES que otorgue las asignaciones familiares de conformidad con lo previsto en la ley 24.714.

    En el fallo se sostiene que los subsidios reclamados contribuyen “en forma directa a los fines de readaptación social de las penas, a fortalecer los lazos familiares, y a morigerar la situación de vulnerabilidad en que se encuentra el colectivo accionante de conformidad a los objetivos propulsados desde la comunidad internacional.”.

    De este modo, se garantiza que la persona no pierda por la privación de su libertad todos los demás derechos que no le han sido restringidos.

    Por su parte, el Dr. Gemignani consideró que si bien la situación de encarcelamiento no puede de ningún modo constituir una diferencia de tratamiento con aquellas personas que se encuentran en el ámbito libre, la pretensión de los recurrentes amerita su tratamiento en un marco mucho más amplio y abarcativo que el que permite la acción de hábeas corpus.

     

     

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