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    Jueves, 03 de septiembre de 2015 | Fuente: Archivo CIJ

    Decretan un divorcio en una sola audiencia tras la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial

    Lo dispuso una jueza de familia de Formosa. En un mismo acto declaró disuelta la comunidad y al no existir acuerdo sobre sus efectos (atribución de vivienda, distribución de bienes, etc.) les hizo saber que al respecto deberán iniciar una causa autónoma

    La jueza Viviana Karina Kalafattich, del Tribunal de Familia de la provincia de Formosa, decretó en una misma audiencia el divorcio de una pareja y al no existir acuerdo sobre sus efectos (atribución de vivienda, distribución de bienes, etc.) les hizo saber que al respecto deberán iniciar una causa autónoma, de acuerdo al nuevo Código Civil y Comercial.

    Se trata de una mujer y un hombre que habían iniciado una demanda de divorcio antes de la entrada en vigencia del nuevo Código. La magistrada los citó a una audiencia, donde les hizo saber que si bien ambos solicitaron el divorcio según la normativa anterior, “actualmente rige un procedimiento más acotado e incausado, es decir que ya no se juzga quien es culpable de la separación”. En el mismo acto, ambos cónyuges ratificaron su deseo de divorciarse.

    Asimismo, y al no existir acuerdo entre las partes sobre el convenio regulador que exige el art. 439 del Código Civil y Comercial (que debe contener entre otras cuestiones las relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, y las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges), la jueza les hizo saber que al respecto deberán iniciar causa autónoma, dictando sentencia de divorcio.

     

     

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