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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Lunes, 24 de agosto de 2015 | Fuente: Archivo CIJ

    Comunicado de la Cámara Nacional Electoral por competencia en elecciones provinciales

    La Cámara Nacional Electoral a través de la Acordada 100/15, dictada el pasado 20 de agosto, puso énfasis en el extendido cronograma electoral de este año, en el que muchas provincias, como la Ciudad de Buenos Aires, deben celebrar dos, tres y hasta seis elecciones. Si bien eso es consecuencia del federalismo, la Cámara advierte no obstante, sobre una serie de problemas que genera la multiplicidad de elecciones, y señala que en otros países federales, como Brasil y México, se actúa de manera concentrada.

    Cabe señalar, como se mencionó en reiteradas ocasiones, que este Tribunal no es competente en las elecciones provinciales que se realizan en forma disociada del acto electoral nacional, como las del pasado domingo en la provincia de Tucumán. Es relevante tener presente que fuera del régimen de simultaneidad todo lo relativo a la organización, dirección y control de los procesos comiciales provinciales, como la designación de autoridades de mesa, su capacitación, la ubicación de los lugares de votación, el registro de las candidaturas, el escrutinio, etc. hasta el juzgamiento sobre la validez de la elecciones y la proclamación de los que resultaren electos, corresponde a las autoridades electorales provinciales, cuando tales elecciones se desarrollan en diferentes fechas que las nacionales.-

     

    24 de agosto de 2015

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