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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Jueves, 04 de junio de 2015 | Fuente: Archivo CIJ

    Declaran la competencia de la Justicia federal de Chaco en causa por alzamiento y suspensión de funciones de la Policía local durante 2013

    Lo resolvió la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. Para los jueces, aún no se ha descartado en el caso la posibilidad de que los hechos acaecidos en la provincia hubieran comportado la afectación a la seguridad de la Nación o sus instituciones

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, declaró la competencia de la Justicia federal para continuar con el trámite del proceso, con motivo del recurso de casación articulado por el Ministerio Público Fiscal contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, provincia de Chaco, que había declarado la incompetencia del fuero de excepción.

    En el caso, se investiga el alzamiento y suspensión de funciones de la Policía de Chaco ocurrido en diciembre de 2013. Dicha conducta habría sido asumida como un medio coactivo por parte de un grupo organizado de policías individualizados, con el propósito de obtener del gobierno provincial una recomposición salarial y mejoras varias en las condiciones de trabajo, con aprovechamiento del clima nacional y provincial de inseguridad. En la misma época, tenían lugar protestas de policías de distintas provincias por reclamos salariales y saqueos (Buenos Aires, Catamarca, Río Negro, Neuquén, San Juan, Entre Ríos, Chubut, Corrientes, La Pampa, Jujuy, Tierra del Fuego, Salta y La Rioja).

    La Sala IV, en consonancia con lo postulado por el Ministerio Público Fiscal, señaló que la incompetencia de la Justicia federal resuelta por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia era prematura porque no se había descartado en el expediente la posibilidad de que los hechos acaecidos en la provincia de Chaco, debidamente contextualizados, hubieran comportado la afectación de la seguridad de la Nación o de alguna de sus instituciones.

     

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