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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Jueves, 11 de junio de 2009 | Fuente: Archivo CIJ

    Junta Electoral bonaerense adopta medidas para agilizar las próximas elecciones

    Redujo el número de personas para votar en cada mesa y anunció la realización de cursos de capacitación para autoridades. Confirmó que funcionarios judiciales prestarán tareas en los comicios, tal como lo dispuso la Corte Suprema de Justicia de la Nación
    Junta Electoral bonaerense adopta medidas para agilizar las próximas elecciones

    Con el propósito de facilitar el desarrollo de los comicios que se celebrarán el próximo 28 de junio, la Junta Electoral Nacional de la Provincia de Buenos Aires, ha implementado diversas medidas cuya difusión también contribuirá a dichos fines.

    1. Los funcionarios del Poder Judicial de la Nación, con asiento en la Provincia de Buenos Aires, del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires y del Ministerio Público fueron afectados a cumplir funciones como autoridades de mesa. Ésta constituye una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y de la Procuradora General ante dicho Tribunal,  que accedieron al pedido formulado por la Junta Electoral Nacional de la Provincia de Buenos Aires para evitar situaciones pasadas de deserción de ciudadanos designados a dichos fines.

    2. La totalidad de los locales en donde se instalaron las mesas receptoras de votos deberán estar disponibles desde el día sábado 27 de junio. El servicio de correo deberá distribuir y entregar todo el material necesario para los comicios dentro de las veinticuatro horas anteriores a su celebración. Esto permitirá que a las 8 Hs. del día de la elección, los locales y materiales ya estén en condiciones de ser utilizados.

    3. Los presidentes de las mesas receptoras de votos han sido instruidos del modo en que deben distribuir las boletas. Para facilitar la tarea del elector se organizarán en el cuarto oscuro en orden correlativo según el número. Se debe colocar una cantidad suficiente de boletas de todas las agrupaciones pero no todas las suministradas. Deberá, periódicamente, verificar la existencia de aquéllas a medidas que el acto vaya transcurriendo. La eventual falta de boletas no permitirá interrumpir el acto comicial y, en tal caso, deberá requerirlas a los fiscales de las agrupaciones políticas, ya que en las mismas recae la responsabilidad de reponer los faltantes de boletas de votación.

    4. En torno a la capacitación de las autoridades de mesa se hace saber que se emitirá un curso con esa finalidad por canal 7 TV los días 20 a las 8 Hs.; 21 a las 13 Hs.; 24 a las 9,30 Hs. y 27 a las 9,30 Hs. del mes de junio respectivamente. Además, se informa el desarrollo de un programa de capacitación informático disponible en la página Internet de la Justicia Nacional Electoral así como en el portal creado al efecto(www.capacitaciónelectoral.pjn.gov.ar).

    5. Se redujo de 390 a 350 el número de personas que deberán votar en cada mesa. Ello significó un incremento de 3600 mesas en toda la Provincia de Buenos Aires y aspira a hacer más dinámica la emisión del voto y el posterior escrutinio.

    6. Se garantizará, mediante la entrega de una constancia especial, que todas aquellas personas que hayan ingresado a los locales de recepción de votos o hayan arribado antes de las 18 Hs., emitirán el voto, aún después de dicha hora.
      

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