X
/
    Logo CSJN
    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
     
    • Institucional
      El Tribunal
      Jueces
      Palacio de Justicia
      Organigrama
      Biblioteca
      Archivo Histórico
    • Decisiones
      Sentencias
      Acordadas
      Resoluciones
    • Transparencia
      Presupuesto
      Recursos
      Adquisiciones y contrataciones
      Otras erogaciones
      Cuenta de inversión
      Organización interna
      Personal Judicial
      Remates
      Ver todos
    • Servicios
      Causas en trámite
      Presentaciones remotas
      Tribunales Federales y Nacionales
      Turnos
      Guía judicial
      Datos abiertos
      Oficios Externos
      Uso del personal
      Oficina de Matrícula
      Notificaciones
      Mandamientos
      Archivo General
    • Novedades

    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
    1. Inicio
    2. Novedades
    3. Archivo CIJ
    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Jueves, 26 de septiembre de 2013 | Fuente: Archivo CIJ

    Unificaron condenas a Etchecolatz por crímenes de lesa humanidad

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata resolvió unificar a una pena única de prisión perpetua las condenas que se encuentran firme dictadas contra el excomisario. Se trata de sentencias dictadas en los años 1986, 2004 y 2006

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 1 de La Plata resolvió unificar las condenas que se encuentran firme dictadas contra el excomisario Miguel Osvaldo Etchecolatz por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, condenándolo a la pena única de prisión perpetua, inhabilitación absoluta perpetua, accesorias legales y costas.

    La resolución, firmada el 20 de septiembre pasado por los jueces Carlos Rozanski, Pablo Jantus y Pablo Vega, se refiere a sentencias dictadas en los años 1986, 2004 y 2006. A continuación, la parte dispositiva:

    “1. CONDENAR A MIGUEL OSVALDO ETCHECOLATZ, de las demás condiciones obrantes en autos, a la PENA UNICA DE PRISIÓN PERPETUA, INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES y COSTAS del proceso, por considerarlo autor del delito de aplicación de tormentos reiterados en noventa y un oportunidades (arts. 2, 55 y 144 ter, primer párrafo conforme, ley 14.616 del Código Penal) –sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal en la causa 44/85-, en concurso real con el delito de supresión de estado civil de un menor de diez años en calidad de autor (arts. 2 y 139, inc. 2° del Código Penal –texto anterior a la reforma de la ley 24.410-) –sentencia dictada por este Tribunal en el marco de la causa 1702/03-, que también concurre materialmente con el delito de homicidio calificado en perjuicio de una víctima (art. 80 incs. 2 y 6 Código Penal), en calidad de coautor, privación ilegal de la libertad calificada en carácter de autor mediato, aplicación de tormentos y homicidio calificado en cinco hechos en carácter de autor (arts. 80 incs. 2 y 6, 144 bis inc. 1° en función del 142 incs. 1° y 5° del Código Penal), privación ilegal de la libertad calificada y aplicación de tormentos en perjuicio de una víctima como autor mediato (arts. 144 bis inc. 1°, en función del art. 142 incs. 1° y 5° Código Penal), privación ilegal de la libertad calificada y aplicación de tormentos en perjuicio de una persona, en calidad de autor mediato y autor, respectivamente (arts. 144 bis inc. 1°, en función del 142 incs. 1° y 5°), todos los cuales además concurren materialmente entre sí –sentencia dictada por este Tribunal en la causa 2251/07- (arts. 5, 12, 40, 41, 55, 56, 57 segundo párrafo y 58 del Código Penal y art. 43 segundo párrafo del Código Procesal Penal de la Nación);

    2. DISPONER que una vez firme la presente, se practique un nuevo cómputo de conformidad con lo dispuesto en los arts. 493, 494 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación.”


     

     

    Logo CSJN
     
     Talcahuano 550 - CABA - Argentina
     Contacto
     Mapa del sitio