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    Domingo, 16 de junio de 2013 | Fuente: Archivo CIJ

    Fallo ordena a una obra social proveer en forma gratuita y continua un medicamento a una afiliada

    Lo dispuso el juez Oscar Alberto Papavero, titular del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín. Es en el marco de una acción de amparo presentada por una paciente con una afección hemolítica

    El juez Oscar Alberto Papavero, titular del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín, hizo lugar al amparo promovido por una afiliada a la Obra Social del Personal de la Industria del Plástico (OSPIP) y ordenó a la entidad proveer en forma continua y gratuita un medicamento, según las pautas que indiquen los especialistas que asisten a la paciente.

    En el expediente se acreditó que la mujer “padece una patología denominada Hemoglobinuria Paroxística Nocturna y que para el tratamiento de esa afección le fue recetado por los médicos especialistas en la materia que la asisten la medicación Eculizumab Soliris”, medicamento de origen importado.

    El juez entendió que “la acción es procedente por encontrarse acreditadas las afecciones en la salud padecidas, la prescripción del tratamiento prescripto por un profesional especialista en la materia, la afiliación a la obra social demandada y la consiguiente obligación de garantizar la provisión oportuna a esos tratamientos”.

    Papavero destacó la “dificultad y angustia que debe afrontar el afiliado en estas circunstancias no solo frente a la búsqueda de soluciones para su apremiante e impostergable necesidad, sino también porque en ese derrotero existe riesgo de que –aún con la mejor voluntad- el auxilio judicial llegue tarde”.

    Además, el juez resolvió poner su decisión en conocimiento de las autoridades del Ministerio de Salud de la Nación, “órgano encargado de fijar las políticas de medicamentos ‘articulando y coordinando’ los servicios de salud de las obras sociales”.

     

     

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