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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 28 de mayo de 2013 | Fuente: Archivo CIJ

    La Corte pidió que le remitan el expediente de una causa por prohibición de compra de dólares

    Es un caso en donde un particular cuestiona las normas que impiden adquirir la moneda. El amparo fue rechazado en primera y segunda instancia y llegó al Máximo Tribunal vía queja. La Corte pidió las actuaciones a la Cámara de Apelaciones

    En la causa M.237.XLIX “Moyano Nores, José Manuel c/ Estado Nacional – AFIP s/ amparo ley 16.986”), se presentó ante la Corte Suprema una queja por recurso extraordinario denegado en una acción de amparo en la que se cuestiona la validez de las normas que prohíben la compra de dólares.

    La acción de amparo fue promovida con el objeto de que se autorice al actor a comprar  los dólares necesarios para cancelar mensualmente los intereses de dos  mutuos hipotecarios contraídos en esa moneda.

    El amparo fue rechazado por un juzgado de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo Federal. Luego, la Cámara confirmó esa decisión.

    Para pronunciarse en tal sentido, ese tribunal entendió que el accionante no demostró adecuadamente el perjuicio que le ocasionaban las normas que restringieron la compra de moneda extranjera y, además, que no resultaba posible en el marco sumarísimo de la acción de amparo y con la prueba reunida determinar si la conducta de la AFIP y del BCRA estaba viciada de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, por tratarse de una cuestión opinable.

    Contra tal sentencia, el actor interpuso un recurso extraordinario que fue denegado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Ante esa denegación, presentó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 

    Para examinar debidamente las cuestiones planteadas en esa queja, la Corte dispuso solicitar el expediente principal a la mencionada Cámara de Apelaciones.

     

     

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