X
/
    Logo CSJN
    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
     
    • Institucional
      El Tribunal
      Jueces
      Palacio de Justicia
      Organigrama
      Biblioteca
      Archivo Histórico
    • Decisiones
      Sentencias
      Acordadas
      Resoluciones
    • Transparencia
      Presupuesto
      Recursos
      Adquisiciones y contrataciones
      Otras erogaciones
      Cuenta de inversión
      Organización interna
      Personal Judicial
      Remates
      Ver todos
    • Servicios
      Causas en trámite
      Presentaciones remotas
      Tribunales Federales y Nacionales
      Turnos
      Guía judicial
      Datos abiertos
      Oficios Externos
      Uso del personal
      Oficina de Matrícula
      Notificaciones
      Mandamientos
      Archivo General
    • Novedades

    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
    1. Inicio
    2. Novedades
    3. Archivo CIJ
    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Viernes, 19 de abril de 2013 | Fuente: Archivo CIJ

    Suspenden cautelarmente la aplicación de requisitos previstos en el protocolo para el aborto no punible en la Ciudad

    Lo resolvió la jueza porteña Patricia López Vergara, en el marco de un amparo iniciado por, entre otros, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), con el fin de declarar la inconstitucionalidad de diversos artículos del Protocolo

    La jueza subrogante del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2 de la Ciudad, Patricia López Vergara, resolvió el último 27 de marzo dejar sin efecto cautelarmente “los artículos 9 inc. a segundo párrafo y 11 inc. b) y c) del anexo I” del protocolo para la realización de abortos no punibles hasta el dictado de la sentencia definitiva. La resolución fue tomada en el marco de un amparo iniciado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), con el fin de declarar la inconstitucionalidad de diversos artículos del Protocolo.

    Para ello, la magistrada consideró “las contradicciones y el exceso reglamentario que evidenciaría el protocolo nº 1252/2012 del Ministerio de Salud del GCBA confrontado con el artículo 86 incisos 1 y 2 del código penal, dentro de los lineamientos fijados por la CSJN, las normas nacionales e internacionales aplicables al caso”. Los incisos en cuestión establecen los casos en los que un médico diplomado puede causar un aborto sin que dicha práctica sea punible.

    En este sentido, López Vergara remitió a las pautas que fueron establecidas en la medida cautelar, aún vigente, dictada en la causa “Rachid, María de la Cruz y otros c/ GCBA s/ Amparo (art. 14 CCABA)”, por lo que, ante la solicitud de práctica de un aborto no punible en un establecimiento hospitalario: “a) No se requerirá la acreditación de la declaración de insanía, debidamente certificada o certificado que acredite que la mujer padece de discapacidad mental expedido por autoridad competente; b) No se requerirá acreditación alguna respecto de la inminencia de la gravedad del riesgo para la salud o la vida de la mujer encinta, por lo que resultará suficiente la potencialidad de dicho riesgo”. Por último, la magistrada estableció que el Gobierno de la Ciudad “deberá arbitrar, en el término de diez (10) días, un sistema de apoyo y salvaguarda” para que la mujer con discapacidad pueda tomar una decisión en forma autónoma en el ejercicio de sus derechos.

     

     

    Logo CSJN
     
     Talcahuano 550 - CABA - Argentina
     Contacto
     Mapa del sitio