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    Miércoles, 31 de octubre de 2012 | Fuente: Archivo CIJ

    El Superior Tribunal de Justicia aprobó el Reglamento General de Expediente Electrónico

    Se trata de un nuevo cuerpo normativo que regula la utilización del expediente judicial electrónico en la Provincia de San Luis. Se trata de un nuevo avance para la modernización del Poder Judicial

    En el marco del Proyecto Informático que se ha definido como política fundamental para la modernización del Poder Judicial de San Luis, el Superior Tribunal de Justicia ha dictado el Acuerdo N° 846/12, que da vida legal al REGLAMENTO GENERAL DE EXPEDIENTE ELECTRÓNICO.

    Este cuerpo normativo, primero en su tipo, se ha elaborado con el fin de ordenar, lógica y urídicamente, la gran cantidad de normas que, en forma desmembrada, regulaban la vida del expediente judicial electrónico en la Provincia de San Luis.

    El Texto Ordenado está conformado, al día de hoy, con cuatro Títulos, doce Capítulos y setenta Artículos. A partir de éstos, se irán agregando -a medida que las circunstancias lo reclamen-, todas las normas de actualización que la realidad demande, siempre incorporándose a un único cuerpo legal actualizado.

    El Título I “Principios Generales”, como su nombre lo indica contiene las normas que por su amplitud son aplicables a todo el proceso y vida del Expediente Electrónico.

    El Título II “Conformación del Expediente Electrónico”, consta de cuatro Capítulos dedicados a distintos momentos de esa conformación. El primer Capítulo alude a una herramienta única en el país, de la que nos hemos enorgullecido en los varios foros nacionales e internacionales donde fue presentado, se trata del “Ingreso Web de Escritos”, en forma directa en el expediente electrónico, que ya está habilitado en todos los fueros e instancias y en todos los organismos judiciales de la geografía sanluiseña.

    El Título III “Tramitación”, está destinado a concentrar las normas que regulan la vida del expediente electrónico ya generado en el sistema, hasta su archivo definitivo. Se destacan en este Título, las que refieren a la comunicación e interacción -por medios electrónicos- con otros poderes del Estado Provincial y a la notificación electrónica.

    Finalmente, el Título IV contiene normas pensadas para la “Infraestructura Tecnológica” que soporta el sistema de expediente electrónico, pero no referidas a cuestiones transitorias o variables, como puede ser la infraestructura de equipamiento, sino pensadas para la parte lógica funcional del sistema informático al que sostienen, como por ejemplo la Firma Digital.

    Este Acuerdo, marca un hito en la historia de la evolución hacia la modernización de la Justicia con apoyo en las nuevas tecnologías, de la cual el expediente electrónico es la figura emblemática.

    La obra se ha depositado en Custodia como Obra Inédita ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor (F. 232924), en cumplimiento de lo dispuesto por el Acuerdo de referencia, en su parte resolutiva.

    De esta manera, se presenta este primer Texto Ordenado del Reglamento General de Expediente Judicial Electrónico, fruto del trabajo y los sueños compartidos desde hace varios años en este Poder Judicial de San Luis, pionero absoluto en la materia.

    Informe de Prensa Nº  1467               San Luis, 30 de octubre de 2012

     

     


     

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