LIBERTAD DE EXPRESIÓN. LIBERTAD DE PRENSA. Expresiones obscenas. reglamentación. Estándares aplicables. PRINCIPIO DE LEGALIDAD. DEBIDO PROCESO.

Suprema Corte de los Estados Unidos

FCC et al. v. Fox Television Stations Inc. et al 21-6-2012

Texto de la sentencia (en inglés)
Resumen de la sentencia (en español)

Resumen

La §1464 del Título 18 del Código de los Estados Unidos prohíbe la transmisión de "cualquier expresión obscena, indecente o profana". La Federal Communications Commission (Comisión) comenzó a aplicarla en la década de 1970. En la causa FCC v. Pacifica Foundation (438 U.S. 726 -1978-), la Suprema Corte de los Estados Unidos resolvió que la orden de la Comisión que prohibía la transmisión del monólogo de George Carlin titulado "Malas Palabras" cumplía con los criterios establecidos en la I Enmienda de la Constitución norteamericana, pero no determinó si "un exabrupto ocasional podía justificar la imposición de una sanción" (id. p. 750). Durante los años posteriores, la Comisión pasó de acatar rigurosamente los presupuestos específicos de Pacifica a indicar que iba a evaluar todo el contexto de las transmisiones supuestamente indecentes, en lugar de limitar el ámbito de su reglamentación a un listado de palabras o imágenes indecentes. Sin embargo, advirtió la importante diferencia que existía entre una trasmisión aislada y una reiterada de material indecente. En una reforma del año 2001 también incluyó como uno de los factores importantes para determinar lo que era manifiestamente ofensivo la "circunstancia de si el material insiste en o reitera varias veces" la descripción o imagen ofensiva.

Los tres incidentes aquí en cuestión ocurrieron en el contexto de este marco regulatorio. Dos de ellos se refieren a la expresión aislada de palabras obscenas durante dos transmisiones en vivo realizadas por la apelada Fox Television Stations Inc. El tercer incidente ocurrió durante la emisión de un episodio de un programa televisivo que transmite la apelada ABC Television Network, en el cual se mostraron durante aproximadamente siete segundos los glúteos desnudos de un personaje femenino adulto y el costado de uno de sus pechos durante un momento. Después de estos incidentes, pero antes de enviar notificaciones de responsabilidad aparente (Notices of Apparent Liability) a Fox y ABC, la Comisión emitió su Golden Globes Order en la que estableció por primera vez que los exabruptos ocasionales podían generar responsabilidad. Con posterioridad, llegó a la conclusión de que las transmisiones de Fox y de ABC habían violado este nuevo estándar y resolvió que las transmisiones de Fox eran indecentes, pero se negó a imponer sanciones económicas.

La cámara federal de apelaciones decidió que la decisión de la Comisión de modificar su política aplicable al control del material indecente de forma de alcanzar a los exabruptos ocasionales resultaba arbitraria y caprichosa.

La Suprema Corte de los Estados Unidos revocó la sentencia y devolvió las actuaciones para que dicha cámara tratara las pretensiones de las apeladas fundadas en la I Enmienda (FCC v. Fox Television Stations Inc., 556 U.S. 502 -2009-).

Cuando recibió las actuaciones, la cámara consideró que la política de la Comisión era inconstitucionalmente vaga (vague) y la declaró inválida en su totalidad.

En el caso ABC, la Comisión resolvió que la exhibición era indecente y que su difusión generaba responsabilidad, e impuso una multa de USD 27.500 a cada una de las emisoras asociadas a ABC que habían transmitido el episodio en cuestión. La cámara federal de apelaciones anuló la orden a la luz de la decisión que había adoptado en el caso Fox.

Entonces, la Federal Communications Commission interpuso un writ of certiorari ante la Suprema Corte de los Estados Unidos.

SE DECIDIÓ: se anula la sentencia y se devuelven las actuaciones.

Dado que la Comisión no advirtió a Fox ni a ABC, antes de las transmisiones en cuestión, que los exabruptos ocasionales y la exhibición de desnudos momentáneos podían ser considerados indecentes y generar responsabilidad, las normas reglamentarias dictadas por la Comisión, tal como han sido aplicadas a estas transmisiones, resultan vagas.

(a) El principio fundamental conforme al cual las leyes que se aplican a las personas o a los entes deben advertir previamente cuál es la conducta requerida o prohibida (ver Connally v. General Constr. Co., 269 U.S. 385 -1926-) es esencial a los fines de las garantías acordadas en la Cláusula de Debido Proceso de la V Enmienda (ver United States v. Williams, 553 U.S. 285 -2008-). Esta Cláusula requiere que se declaren inválidas las leyes inadmisiblemente vagas. Una condena o sanción no cumple con el debido proceso si la ley o norma en la cual se funda "no brinda un aviso previo de lo que está prohibido a una persona de inteligencia normal, o si carece hasta tal punto de estándares que autoriza o alienta una aplicación gravemente discriminatoria" (ibíd). La doctrina de la nulidad de las leyes (void for vageness doctrine) se refiere al menos a dos cuestiones vinculadas pero diferentes del debido proceso: las partes que están sujetas a una reglamentación deben saber cuáles son sus obligaciones para poder actuar en consecuencia; y es necesario que exista precisión y orientación para que los encargados de la ejecución de las leyes no actúen de modo arbitrario o discriminatorio. Cuando la libertad de expresión está en juego, es necesaria la satisfacción rigurosa de dichas obligaciones para garantizar que la ambigüedad no desaliente las expresiones protegidas.

(b) Estas cuestiones están comprometidas en este caso, en el cual las emisoras alegan que el largo trámite procesal demuestra que no habían recibido aviso previo de lo que estaba prohibido. En las Pautas de 2001, que era la reglamentación vigente en el momento en que se realizaron las transmisiones, una consideración crucial era "si el material insistía en o reiteraba varias veces" la descripción o imagen ofensiva; pero en la Golden Globe Order de 2004, adoptada después de las transmisiones, la Comisión cambió su política y determinó que los exabruptos ocasionales podían constituir una violación de la ley. Entonces, aplicó este nuevo principio a estos casos. Al no haber informado previamente a Fox y a ABC su nueva interpretación, la Comisión no les brindó "un aviso razonable de lo que está prohibido" (Williams, supra, p. 304).

(c) Ninguno de los argumentos en contrario del gobierno resulta convincente. Por otro lado, afirma que Fox no puede demostrar que la norma sea inconstitucionalmente vaga porque la Comisión se negó a imponerle una multa y porque determinó que no tendría en cuenta la transmisión indecente a los fines de la renovación de las licencias de las emisoras ni en otros contextos. Sin embargo, lo cierto es que la Comisión tiene atribuciones legales para tomar en cuenta "cualquier antecedente de infracciones anteriores" al imponer una sanción económica (§503(b)(2)(E) del Título 47 del Código de los Estados Unidos); y la garantía del debido proceso frente a las reglamentaciones demasiado vagas "no deja (a las partes sujetas a reglamentación…) a merced del dicho nobleza obliga" (United States v. Stevens -2010-). Las órdenes impugnadas también podrían tener un impacto perjudicial en la reputación de Fox tanto ante su audiencia como ante sus anunciantes.

El Gobierno alega que ABC había sido advertida de que su transmisión sería considerada indecente. Sin embargo, una declaración aislada inserta en una decisión de la Comisión de 1960 que declaraba que la televisación de desnudos podría resultar contraria a la §1464 no es suficiente para satisfacer la exigencia del "aviso previo" cuando el gobierno pretende imponer una multa superior a un millón de dólares por formular expresiones supuestamente inadmisibles. Por otra parte, las decisiones previas de la Comisión se habían negado a considerar que los desnudos breves y aislados eran indecentes y generaban responsabilidad. A la luz de estas decisiones de la Comisión y ante la inexistencia de cualquier tipo de aviso en las Pautas de 2001 de que la transmisión de una imagen de glúteos desnudos durante siete segundos era considerada indecente, ABC no recibió un aviso constitucionalmente suficiente como para ser sancionada.

(d) Es necesario hacer tres observaciones con respecto al alcance de esta decisión. Primero, dado que esta Corte resuelve estas causas vinculadas al aviso previo en términos de la Cláusula del Debido Proceso, no necesita tratar las consecuencias de la política de indecencia de la Comisión en términos de la I Enmienda ni reconsiderar ahora lo resuelto en el caso Pacifica.

Segundo, dado que esta Corte resuelve que Fox y ABC no habían recibido un aviso previo antes de la transmisión de que su material podía ser considerado indecente y generarles responsabilidad en términos de las políticas por entonces existentes, esta Corte no necesita abordar la constitucionalidad de la política actual relativa a la indecencia expresada en la Golden Globes Order y en las decisiones posteriores. Tercero, esta opinión deja a la Comisión la posibilidad de modificar su política actual relativa a la indecencia a la luz de la determinación del interés publico que haga y de las exigencias legales aplicables, y también deja a los tribunales en libertad para revisar la política actual o cualquier modificación de la misma a la luz de su contenido y aplicación.

 

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