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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Jueves, 28 de julio de 2011 | Fuente: Archivo CIJ

    Advierten que quienes fueron autoridades de mesa en la primera vuelta deben cumplir esa función en el balotaje

    Lo informó el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, de cara a los comicios del domingo. Dijo que por esa tarea recibirán una compensación dineraria y que “la ausencia injustificada es considerada un delito electoral sancionado con pena de prisión”

    Ante diversas consultas formuladas ante la Secretaría Electoral del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se recuerda a todas aquellas personas que fueron autoridad de mesa de votación en la elección del 10 de julio  que, tal como consta en el nombramiento que recibieron para esa primera vuelta, tienen la obligación de cumplir la misma función en la segunda vuelta del 31 de julio, que por el ejercicio de la función recibirán una compensación dineraria, y que la ausencia injustificada es considerada un delito electoral sancionado con pena de prisión.


    Buenos Aires, 28 de julio de 2011
    Prensa Tribunal Superior de Justicia CABA

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