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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Viernes, 07 de mayo de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    El juez Oyarbide rechazó el pedido de excarcelación de Martínez de Hoz

    Fue dispuesto este viernes por el magistrado. El ex ministro de Economía se encuentra detenido desde el martes pasado. Está acusado por el secuestro del empresario Federico Gutheim y de su hijo Miguel. Resolución completa

    El juez federal Norberto Oyarbide rechazó este viernes el pedido de excarcelación del ex ministro de Economía del último gobierno militar, José Alfredo Martínez de Hoz, en el marco de una causa en la que se investiga el secuestro del empresario Federico Gutheim y de su hijo Miguel.

    Por la misma causa, cabe recordar que Oyarbide había dispuesto la semana pasada la prohibición de salir del país para Martínez de Hoz.

    Las medidas fueron dispuestas luego de que, el 27 de abril pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmara el fallo que había declarado la inconstitucionalidad del decreto de indulto que beneficiaba al ex ministro de Economía.

    La resolución dictada este viernes expresa lo siguiente:

    "I. No hacer lugar en el presente incidente nº 12.649/2006/9, y en relación al beneficio de la excarcelación, instado por el Dr. Carlos Hernán Franco y a favor de su pupilo, JOSÉ ALFREDO ANTONIO MARTÍNEZ DE HOZ, bajo ningún tipo de caución.
     
    II. Notifíquese personalmente a JOSÉ ALFREDO ANTONIO MARTÍNEZ DE HOZ -a cuyo evento, instrúyase al personal del Departamento INTERPOL para que, munido de copia certificada del presente resolutorio y también así, del luciente en fs. 2858/74 del principal, se constituya en lugar de su internación para dar cumplimiento a tal diligencia, debiendo labrar las respectivas actas-; a la Defensa y Querellas -mediante cédulas de diligenciamiento en el día, adjuntándose copia certificada del presente- y al Ministerio Público Fiscal; protocolícese y firme que sea, siga según su estado".

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