Oficina de Referencia Extranjera
ORE - Jurisprudencia - Islandia
10/07/2018

CORTE SUPREMA DE ISLANDIA

PODER EJECUTIVO. DIVISIÓN DE PODERES. FACULTADES DELEGADAS. VALIDEZ DE LOS ACTOS DE GOBIERNO


   
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Sentencia nro. 268/2016 del 9-6-2016.
Reseña del fallo por Helgadóttir, Ragnhildur e Ingólfsdóttir, Anna Lisa, en Albert, Richard, Landau, David, Faraguna, Pietro y Drugda, Simon (eds.), 2016 Global Review of Constitutional Law [en línea]. New York - Boston: I.CONnect - Clough Center for the Study of Constitutional Democracy, 2017, p. 112. 
En: http://www.bc.edu/content/dam/files/centers/clough/constitutional-law/ReviewofConLaw-final.pdf. ISBN: 978-0-692-92516-4

1. Antecedentes del caso: en el año 2013, el Estado, a través del ministro del Interior, suscribió un acuerdo con los representantes de Reykjavik, que exigía al Gobierno nacional cerrar una pista de aterrizaje del aeropuerto de vuelos domésticos de dicha ciudad y revisar las normas de zonificación del mencionado aeropuerto.

El Gobierno impugnó este acuerdo alegando que el ministro carecía de atribuciones para firmarlo.

Los arts. 13 y 14 de la Constitución establecen que el Presidente puede autorizar a los ministros a ejercer sus atribuciones y que estos son responsables de todos los actos del Poder Ejecutivo. El art. 1 de la Ley del Gabinete de Ministros n.° 115/2011 y el art. 4 del Edicto Presidencial n.° 71/2013 enumeran todas las materias asignadas al Ministerio del Interior, incluidas las cuestiones relativas al transporte. 

2. Sentencia: el pedido de que este tribunal revise las normas de zonificación resulta injustificado.

El ministro tenía atribuciones para suscribir este acuerdo en nombre del Gobierno de Islandia y, por lo tanto, obligar a este a anunciar el cierre de la pista de aterrizaje.