Oficina de Referencia Extranjera
ORE - Jurisprudencia - Turquía
02/07/2018

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE TURQUÍA

LIBERTAD DE EXPRESIÓN. LIBERTAD DE PRENSA. INTERÉS PÚBLICO. SEGURIDAD NACIONAL. TERRORISMO. DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL. DERECHO A LA SEGURIDAD PERSONAL. PRINCIPIO DE LEGALIDAD. PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD


   
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Sentencia del 25-2-2016
Reseña del fallo por Köybaşi, Serkan, en Albert, Richard, Landau, David, Faraguna, Pietro y Drugda, Simon (eds.), 2016 Global Review of Constitutional Law [en línea]. New York - Boston: I.CONnect - Clough Center for the Study of Constitutional Democracy, 2017, pgs. 219-220. 
En: <http://www.bc.edu/content/dam/files/centers/clough/constitutional-law/ReviewofConLaw-final.pdf>. ISBN: 978-0-692-92516-4.

1. Antecedentes del caso: algunos camiones del servicio secreto turco (MIT) que transportaban armas fueron detenidos por la gendarmería el 19 de enero de 2014 en Adana (al sur del país, cerca de la frontera con Siria). En su edición del 21 de enero de ese año, el periódico nacionalista Aydinlik, que es seguido por un grupo extremista relativamente pequeño, publicó un artículo y una fotografía sobre lo ocurrido. Los incidentes vinculados con la detención e inspección de los vehículos y el destino de su cargamento fueron un tema de debate público durante un largo período. 

Dieciséis meses después, y tan solo diez días antes de las elecciones generales del 7 de junio de 2015, Can Dündar, director general del conocido y prestigioso periódico Cumhuriyet (La República), cercano al partido opositor CHP­­, publicó fotos e información vinculadas a las armas y municiones encontradas en los camiones. Ese mismo día, la Oficina del Fiscal Principal hizo declaraciones y anunció a la prensa que se había iniciado una acción en su contra por “haber proporcionado documentos vinculados a la seguridad estatal, por haber realizado espionaje político y militar, por haber publicado ilegalmente información confidencial y por hacer propaganda de una organización terrorista”. Posteriormente, el 1 de junio, el presidente Erdoğan, en un programa televisivo del canal estatal, dijo: “Se lo ordené a mi abogado. La persona que hizo este informe especial, yo creo, va a pagar un precio alto por eso”. El 12 de junio, Erdem Gül publicó otros artículos periodísticos sobre el incidente en el mismo periódico. 

En la elección general ningún partido logró la mayoría en el parlamento y las negociaciones para formar una coalición fracasaron. Una nueva elección general fue organizada el 1 de noviembre y el Partido de la Justicia y el Desarrollo (AKP), que había estado en el poder desde 2002, obtuvo más de la mitad de las bancas del Congreso. Luego de la formación del gobierno y aproximadamente seis meses después del mencionado anuncio a la prensa del Fiscal, Cand Dündar y Ermer Güil fueron detenidos por haber dado “apoyo deliberado a los objetivos de la organización armada terrorista FETÖ/PDY”. Los accionantes alegaron que su arresto era infundado, que estaba basado solamente en las noticias que habían publicado y que la única prueba presentada en su contra eran dichos artículos. Por lo tanto, adujeron que habían sido ilegalmente privados de su libertad y que se habían violado sus derechos a la libertad y seguridad y a la libertad de expresión y de prensa.



2. Sentencia: aproximadamente dieciséis meses antes de la publicación aquí aportada como prueba, otro periódico había publicado noticias y fotos similares. En los fundamentos de la orden de detención no se especifica si la posterior publicación de artículos similares por parte de los apelantes seguía constituyendo una amenaza a la seguridad nacional. En este contexto, las circunstancias del caso y los fundamentos de la orden de detención no explican en forma adecuada por qué era “necesario” implementar esa medida a los accionantes.

Cabe recordar el caso Nedim Şener c. Turquía resuelto por la Corte Europea de Derechos Humanos y destacar que el único fundamento de la denuncia penal contra los apelantes es la publicación de los artículos mencionados. Una medida tan severa como la detención no satisface los criterios de legalidad y no puede ser considerada proporcional y necesaria en una sociedad democrática. 

En consecuencia, este Tribunal resuelve que los derechos de los accionantes han sido violados y ordena la liberación de los periodistas.