PROCESO PENAL. DEBIDO PROCESO. DERECHO DE DEFENSA. PRUEBA. Admisibilidad. Criterios. Prueba testimonial. Testigo ocular.
Suprema Corte de Estados Unidos

Perry v. New Hampshire - 11-1-2012

Texto de la sentencia (en inglés).


Resumen

Alrededor de las 3 a.m. el 15 de agosto de 2008, la comisaría de Nashua, New Hampshire, recibió un llamado telefónico de Nubia Blandon, que denunciaba que un hombre de raza negra estaba intentando abrir y robar ciertos automóviles que se encontraban en su estacionamiento. Cuando un policía se presentó en el domicilio de Blandon y le pidió que describiera al delincuente, ella miró por la ventana de la cocina y señaló a un hombre que estaba parado en el estacionamiento, al lado de un oficial de policía. A partir de esa identificación, Barion Perry fue arrestado.

Antes del juicio, Perry solicitó que se declarara inadmisible como prueba la identificación realizada por Blandon, fundándose en que su admisión violaría su derecho al debido proceso. El Tribunal Superior de New Hampshire rechazó la solicitud, afirmando que, para determinar si la admisión de la identificación extrajudicial de un imputado está prohibida por la Cláusula del Debido Proceso, la jurisprudencia de la Suprema Corte de los Estados Unidos exige realizar una doble evaluación: en primer lugar, el tribunal de primera instancia debe determinar si la policía utilizó un procedimiento de identificación que innecesariamente sugería la imputación de una persona. De ser así, el tribunal debe determinar, en segundo lugar, si dicho procedimiento afectó hasta tal punto la identificación resultante que la tornó no fidedigna y, por lo tanto, inadmisible en juicio. El tribunal resolvió que la impugnación formulada por Perry no había superado la primera etapa de esta evaluación porque la identificación proporcionada por Blandon no había resultado de un procedimiento innecesariamente sugestivo de la policía. Posteriormente, un jurado condenó a Perry por hurto por apropiación indebida (theft by unauthorized taking).

Perry apeló la sentencia alegando que el tribunal había cometido un error al exigir que se demostrara ab initio que la policía había empleado un procedimiento de identificación sugestivo. Alega que la mera existencia de circunstancias sugestivas resulta per se suficiente para exigir que se evalúe judicialmente si la identificación brindada por un testigo ocular es fidedigna antes de que la misma pueda ser presentada ante el jurado. La Suprema Corte de New Hampshire rechazó el argumento de Perry y confirmó su condena.

Entonces Barion Perry interpuso un writ of certiorari ante la Suprema Corte de los Estados Unidos.

SE DECIDIÓ :se confirma la sentencia objeto de recurso.

La Cláusula del Debido Proceso no exige la realización de una evaluación judicial preliminar de si la identificación realizada por un testigo ocular resulta fidedigna cuando la misma no fue obtenida por un organismo encargado de la ejecución de las leyes.

(a) La Constitución de los Estados Unidos protege a los imputados de una condena basada en pruebas dudosas, otorgándoles medios para persuadir a los jurados de que no las tomen en cuenta porque no resultan fidedignas, pero sin prohibir la presentación de las mismas. Solo en los casos en que la prueba es “tan extremadamente improcedente (unfair) que su admisión violaría los principios de justicia fundamentales” (Dowling v. United States, 493 U.S. 342, 352 -1990-), la Cláusula del Debido Proceso obsta a su admisión.

Perry busca sustento en la Cláusula del Debido Proceso, y en su presentación invoca una serie de decisiones vinculadas a procedimientos de identificación organizados por la policía (véanse Stovall v. Denno, 388 U.S. 293 -1967-; Simmons v. United States, 390 U.S. 377 -1968-; Foster v. California, 394 U.S. 440 -1969-; Neil v. Biggers, 409 U.S. 188 -1972-; y Manson v. Brathwaite, 432 U.S. 98 -1977-). Estas causas describen el criterio utilizado para establecer si el debido proceso exige la eliminación de la prueba por identificación de un testigo ocular que está viciada por la intervención policial. En primer lugar, las cuestiones vinculadas al debido proceso surgen solamente cuando los policías emplean un procedimiento de identificación que simultáneamente es sugestivo e innecesario (Manson v. Brathwaite, cit., p. 107 y 109; Neil v. Biggers, cit. p. 198).

Sin embargo, aun cuando la policía emplee ese tipo de procedimiento, la declaración de inadmisibilidad de la identificación resultante no es ineludible (Brathwaite, cit., supra, pp. 112/113; Biggers, cit., supra, pp. 198/199). Antes bien, el debido proceso requiere que los tribunales evalúen -con un criterio caso por caso-, si el accionar policial inadecuado ha creado o no una “alta probabilidad de identificación errónea” (íd., p. 201). “El carácter fidedigno de la identificación del testigo ocular es la clave de esa evaluación"+++++++++++++++++++++ (Brathwaite, cit., supra, p.114). Cuando los “indicadores de la capacidad de un testigo para hacer una identificación precisa” tienen menor gravitación que “el efecto corruptor” de la sugerencia de los encargados de la aplicación de las leyes, la identificación debe declararse inadmisible (id., pp. 114 y 116). En cambio, si no existe otro motivo que obste a su admisibilidad, la identificación debe someterse a la consideración del jurado.

(b) Perry alega que es una mera casualidad que todos los casos de la línea jurisprudencial de Stovall incluyan una accionar policial inadecuado. A su entender, los fundamentos de estas decisiones de esta Corte exigen formular una regla que obligue a los jueces de primera instancia a evaluar previamente si la prueba aportada por testigos oculares es fidedigna en los casos en que las identificaciones se hayan realizado en circunstancias sugestivas. Esta Corte rechaza este argumento.

Perry sostiene que si “el carácter fidedigno resulta clave” a los fines de la admisibilidad en términos de la Cláusula del Debido Proceso (Brathwaite, cit., supra.), debería resultar irrelevante si los encargados de la aplicación de las leyes crearon circunstancias sugestivas que viciaron la identificación. Este argumento saca a la declaración que hicimos en Brathwaite de su contexto y le atribuye un significado que no surge de una lectura adecuada de dicha sentencia. El caso Brathwaite deja en claro que el control en términos del debido proceso del carácter fidedigno de las pruebas sólo se realiza cuando el acusado demuestra que ha habido un accionar policial inadecuado.

La pretensión de Perry también desconoce una premisa fundamental del caso Brathwaite: uno de los objetivos principales de excluir la identificación como medio de prueba cuando ha sido obtenida en circunstancias innecesariamente sugestivas es, ante todo, disuadir a los encargados de la aplicación de las leyes de emplear procedimientos inadecuados. Este fundamento disuasorio no resulta apropiado en casos –como el de Perry– donde no hubo un accionar policial inadecuado. Perry también asigna mucha gravitación al caso United States v. Wade (388 U.S. 218 -1967-), describiéndolo como una sentencia no vinculada al accionar policial inadecuado. Sin embargo, el riesgo de manipulación policial fue lo que llevó a esta Corte, en el caso Wade, a ampliar el derecho del acusado a contar con la asistencia de un abogado de forma que incluya a las ruedas de reconocimiento y a las comparecencias posteriores a la acusación.

La tesis de Perry también abriría el camino a la revisión judicial previa, bajo el estandarte del debido proceso, de la mayoría o de todas las identificaciones realizadas por testigos oculares. No existe razón alguna por la cual la identificación hecha por un testigo ocular que no tiene buena visión o de uno que guarda rencor hacia el imputado, por ejemplo, deba considerarse inherentemente más fidedigna que la que Blandon hizo en esta causa. Incluso si esta Corte pudiera –como pretende Perry– diferenciar las “circunstancias sugestivas” de otros factores que gravitan en el carácter fidedigno de las pruebas aportadas por los testigos oculares, la limitación de Perry seguiría requiriendo que los tribunales de primera instancia realizaran habitualmente una evaluación preliminar, ya que en la mayoría de las identificaciones de testigos oculares hay algún elemento sugestivo.

(c) Al instar la adopción de una regla ampliamente aplicable, Perry alega que las identificaciones de los testigos oculares son extraordinariamente poco fidedignas. La falibilidad de la prueba de testigos oculares no justifica la adopción de una regla fundada en el debido proceso que exija a los tribunales de primera instancia evaluar previamente las pruebas para determinar si son confiables antes de permitir que el jurado evalúe el mérito de las mismas cuando no estén viciadas por el accionar inadecuado del gobierno. La renuencia de esta Corte en adoptar una regla de esa índole se funda, en gran medida, en que reconoce que es el jurado y no el juez, el que tradicionalmente determina si la prueba es fidedigna. Asimismo, esta Corte toma en consideración las otras garantías del proceso contradictorio que advierten a los jurados que no deben dar una gravitación indebida a las declaraciones de testigos oculares dado que no son demasiado fidedignos. Entre dichas garantías están los derechos que la VI Enmienda de la Constitución brinda a un acusado penal, a saber, el derecho a contar con la asistencia de un abogado, a confrontar y a repreguntar al testigo ocular, las instrucciones específicas que el juez da al jurado en relación a los testigos advirtiéndole que debe ser cuidadoso a la hora de evaluar las pruebas de identificación, y las normas probatorias estaduales y federales que permiten a los jueces declarar inadmisibles pruebas relevantes cuando su valor probatorio esté sustancialmente superado por su impacto perjudicial o genere un riesgo de engañar al jurado. Perry invocó varias de estas garantías en su defensa. Teniendo en cuenta que las mismas resultan generalmente aplicables en los juicios penales, la admisión de la declaración testimonial de Blandon como testigo ocular sin una evaluación judicial preliminar de su carácter fidedigno no tornó el juicio de Perry en fundamentalmente injusto.