FEDERALISMO. Jerarquía de normas. Prevalencia del derecho federal. INMIGRANTES.
Suprema Corte de Estados Unidos

Arizona et. al. v. United States - 25-6-2012

Texto de la sentencia en inglés


Resumen

Una ley de Arizona conocida como S.B. 1070 fue sancionada en el año 2010 para abordar cuestiones urgentes relacionadas con el gran número de extranjeros que se encontraba en el país en forma ilegal. Estados Unidos interpuso una demanda contra el estado de Arizona en la que pretendió prohibir su imposición. El Tribunal de Distrito dictó una medida cautelar para impedir que cuatro de sus disposiciones entren en vigor. Dos de ellas crean nuevos delitos, a saber, la sección §3 hace del incumplimiento a los requisitos del registro federal de extranjeros un delito menor común y la sección §5(C) torna el hecho de que un extranjero no autorizado busque o realice trabajos en el estado en un delito menor. Las restantes normas otorgan una autoridad de detención y un deber de investigación específicos respecto a ciertos extranjeros y a la autoridad de aplicación de las leyes locales y federales; por lo que la sección §6 autoriza a los agentes estatales y locales a detener sin orden judicial a una persona de la que "se tenga una causa probable para creer que. . . ha cometido algún delito público y por lo tanto deba ser deportada de los Estados Unidos"; y la sección §2(B) requiere que los agentes que lleven a cabo una detención o arresto realicen esfuerzos, en algunas circunstancias, para verificar la condición inmigratoria de la persona con relación al Gobierno Federal. El Noveno Circuito confirmó la decisión, fundamentando que Estados Unidos había establecido una probabilidad de éxito en sus reclamos prioritarios.

SE DECIDIÓ: la amplitud del Gobierno Federal y su indudable poder sobre la inmigración y la condición de extranjero se basa, en parte, en su potestad constitucional para "establecer un régimen uniforme de naturalización (Rule of Naturalization)", Art. I, §8, cl. 4 y en su inherente poder soberano para controlar y conducir las relaciones exteriores, ver Toll v. Moreno (458 U.S. 1, 10 -1982-). El Gobierno federal es extenso y complejo. Entre otras cosas, la ley federal especifica categorías de extranjeros que no tienen derecho a ser admitidos en los Estados Unidos, 8 U.S.C. §1182; exige a los extranjeros su registro en el Gobierno Federal y probar su condición, §§1304(e), 1306(a); impone sanciones a los empleadores que contratan a trabajadores que no están autorizados, §1324a, y determina que clase de extranjeros pueden ser deportados y los procedimientos para hacerlo, ver §1227. La deportación es una cuestión civil, y una de sus características principales es el amplio margen de discrecionalidad ejercida por los funcionarios de inmigraciones, quienes deben decidir si continúan con el procedimiento hasta completar la expulsión. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) –una agencia del Departamento de Seguridad Interior– es responsable de identificar, detener y deportar a los extranjeros que se encuentren en forma ilegal. El Centro de Asistencia para el Cumplimiento de la Ley también opera y proporciona información sobre el estatus inmigratorio a las agencias federales, estatales, y locales durante todo el día.

La Cláusula de Supremacía concede al Congreso el poder para invalidar la ley estatal. Una norma puede contener una disposición expresamente inválida, ver, por ej., Chamber of Commerse of United States of America v. Whiting (2011), no obstante la ley estatal también debe dar paso a la ley federal en al menos dos circunstancias. Primero, los estados no están autorizados a regular la conducta en un ámbito en el cual el Congreso ha determinado que debe ser regulada por su exclusivo gobierno, ver Gade v. NaTional Solid Wastes Management Assn. (505 U.S. 88, 115 -1992-). La intención puede inferirse de un marco de regulación "tan persuasivo. . . que el Congreso no dio lugar a los estados para complementarlo" o cuando el "interés federal es tan dominante que el sistema federal será asumido para excluir la aplicación de las leyes estatales sobre el mismo tema", Rice v. Santa Fe Elevator Corp. (331 U.S. 218, 230 -1947-). Segundo, las leyes estatales son dejadas sin efecto cuando entran en conflicto con la ley federal, incluso cuando se presentan "como un obstáculo para la realización y ejecución de todos los fines y objetivos del Congreso", Hines v. Davidowitz (312 U.S. 52, 67 -1941-).

Las secciones §3, §5 (C) y §6 de la ley SB 1070 son dejadas sin efecto por la ley federal.

(a) La sección §3 se introduce en el ámbito de registro de extranjeros, un terreno en el cual el Congreso no ha dejado espacio para la regulación por parte de los estados. En Hines, un programa de registro para extranjeros fue dejado sin efecto sobre la base de la intención del Congreso de que su "completo" plan federal de registro sea "un sistema único, integrado y abarcador", 312 U.S. pág. 74. Este régimen no permitía a los estados "acotar o completar" la ley federal" o "aplicar normas adicionales o auxiliares", Id., pág. 66-67. El marco del registro federal continúa siendo abarcador. Debido a que el Congreso ha ocupado ese ámbito aun las normas estatales complementarias son inadmisibles.

(b) La sanción penal de la sección §5(C) se erige como un obstáculo para el sistema de regulación federal. La Ley de Control y Reforma Inmigratoria de 1986 (IRCA) –un marco global para la "lucha contra el empleo de extranjeros que se encuentran ilegalmente", Hoffman Plastic Compounds, Inc. v. NLRB (535 U.S. 137, 147 -2002)– establece que es contrario a la ley que los empleadores a sabiendas contraten, recluten, envíen o continúen empleando a personas extranjeras no autorizadas para trabajar, 8 U.S.C. §§1324a (a)(1)(A), (a)(2), y obliga a los empleadores a verificar las condiciones de la autorización para el empleo de los potenciales trabajadores, §§1324a (a)(1)(B), (b). Además, impone sanciones civiles y penales a los empleadores, §§1324a (e)(4), (f) pero sólo sanciones civiles a los extranjeros que buscan o son contratados en un empleo no autorizado, por ej., §§1255(c)(2), (c)(8). La norma expresa inválida de la IRCA, aunque guarda silencio acerca de si las sanciones adicionales pueden ser impuestas a los empleados", no impide el normal desarrollo del conflicto de principios inválidos ni impone un "peso especial" que haga más dificultoso establecer las normas inválidas que quedan fuera de la cláusula, Geier v. American Honda Motor Co. (529 U.S. 861, 869-872 -2000-). La instrucción correcta a extraer del texto, de la estructura y de la historia de la IRCA es que el Congreso decidió que sería inapropiado imponer sanciones penales a los empleados no autorizados. De ello se desprende que, por el contrario, una ley estatal es un obstáculo al sistema reglamentario que el Congreso escogió.

(c) Al autorizar a los agentes estatales y locales a realizar arrestos sin orden judicial de ciertos extranjeros sospechados de ser deportados, la sección §6 también crea un obstáculo para la ley federal. Como regla general, no es un delito para un extranjero permanecer en los Estados Unidos. El régimen federal ordena cuándo es apropiado arrestar a un extranjero durante el proceso para deportarlo. El Fiscal General, en algunas circunstancias emitirá una orden para que los oficiales federales entrenados de inmigración la ejecuten. Si ninguna orden federal se ha emitido, estos oficiales tienen una autoridad más limitada. Por dar un ejemplo, ellos pueden detener a un extranjero por permanecer "en los Estados Unidos en violación de alguna ley de inmigración o reglamentaria", pero sólo cuando es probable que el extranjero "escape antes de la obtención de una orden judicial" §1357(a)(2). La sección §6 aun pretende investir a los agentes estatales de mayor autoridad para realizar detenciones, la que podrían ejercer sin ninguna instrucción por parte del Gobierno Federal. Este no es el sistema que el Congreso creó. La ley federal especifica limitadas circunstancias en las que los agentes del estado pueden actuar como oficiales de inmigración. Esto incluye los casos en que el Fiscal General ha concedido dicha autoridad a través de un acuerdo formal con un gobierno estatal, ver, por ej., §1357(g)(1). A pesar de que la ley federal permite a los agentes estatales "cooperar con el Fiscal General en la identificación, detención o deportación de extranjeros que se hallan ilegalmente en los Estados Unidos", §1357(g)(10)(B), esto no abarca la decisión unilateral para la detención autorizada por la sección §6.

Fue impropio invalidar la sección §2(B) antes que los tribunales estatales tuvieran oportunidad de interpretarla y sin alguna prueba de que en los hechos su aplicación entra en conflicto con la ley federal de inmigración y sus objetivos.

(a) La disposición estatal tiene tres limitaciones: se presume que una persona detenida no es un extranjero que se encuentra ilegalmente si tiene en su poder una licencia para conducir válida del estado de Arizona u otra identificación similar; los agentes no pueden considerar motivos de raza, color u origen nacional", salvo en la medida autorizada por la Constitución de los Estados Unidos y la de Arizona"; y la sección §2(B) debe ser "aplicada de manera concordante con la ley federal a fin de regular la inmigración, la protección de los derechos civiles de todas las personas y respecto a los privilegios e inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos".

(b) Esta Corte considera que, a pesar de esos límites, el argumento de que la sección §2(B) debe ser invalidada en esta etapa no es convincente
(1) El carácter obligatorio de las investigaciones sobre el estatus inmigratorio no interfiere con el sistema federal de inmigración. Las consultas efectuadas entre las autoridades federales y estatales es una característica relevante del sistema de inmigración. De hecho, el Congreso ha fomentado el intercambio de información acerca de posibles violaciones al régimen de inmigración. Ver §§1357(g)(10)(A), 1373(c). Por lo tanto, el esquema federal deja espacio para una política que requiere que los agentes estatales se comuniquen con el ICE como una cuestión de rutina. Cf. Whiting (cit.).
(2) No está claro en esta instancia ni en este expediente que la sección §2(B), en la práctica, requerirá que los agentes estatales retrasen la puesta en libertad de detenidos por ninguna otra razón más que la de verificar su condición migratoria. Esto plantearía cuestiones constitucionales. Y sería alterar el marco federal para colocar a los agentes estatales en la posición de mantener en custodia a extranjeros por una posible permanencia ilegal sin la dirección ni la supervisión federal. No obstante, la sección §2(B) puede interpretarse con el objetivo de evitar estos conflictos. Si la ley sólo exige que los agentes estatales lleven a cabo una comprobación de su condición durante el transcurso de una detención lícita y permitida o después que un detenido ha sido puesto en libertad, probablemente la norma sobreviva a la prohibición al menos ausente de alguna prueba que demuestre que tiene otras consecuencias que son adversas a la ley federal y a sus objetivos. Sin el beneficio de una interpretación definitiva de los tribunales estatales, sería inapropiado asumir que la §2(B) se interpretará de una manera que entre en conflicto con la ley federal, Cf. Fox v. Washington (236 U.S. 273, 277 -1915-). Este fallo no excluye otras prohibiciones o impugnaciones por inconstitucionalidad a la ley interpretada y aplicada después de su entrada en vigor.